28 ene 2026
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Bases reguladoras de subvenciones para actividades culturales y turísticas en el casco antiguo de Cuenca
Objeto
Se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones a conceder en régimen de concurrencia competitiva por el Consorcio de la Ciudad de Cuenca para el desarrollo y potenciación de las actividades culturales y turísticas del casco antiguo de Cuenca.
Requisitos
- Beneficiarios: Personas jurídicas, entidades (asociaciones, fundaciones, etc.) e instituciones públicas o privadas. Quedan excluidas las personas físicas y las Administraciones Públicas.
- Actividades subvencionables: Música, teatro, danza, artes plásticas, cinematografía, creación literaria, medios de comunicación, cultura tradicional y actividades de promoción cultural y turística en el ámbito del Casco Antiguo de Cuenca.
- Requisitos de los beneficiarios: Estar legalmente constituidas con anterioridad al cierre del plazo de presentación de solicitudes, acreditar actividad cultural, estar al corriente de obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, y no estar incursas en prohibiciones para obtener la condición de beneficiario.
Plazas
No se especifica un número concreto de plazas. La concesión se realizará por orden decreciente de puntuación hasta agotar el presupuesto disponible.
Fechas
- Fecha de publicación en el BOE: 28 de enero de 2026.
- Plazo de presentación de solicitudes: Se establecerá en la correspondiente convocatoria. No se especifica una fecha límite en este documento de bases.
- Plazo máximo de resolución: Seis meses desde la publicación de la convocatoria.
- Plazo de ejecución y justificación: Se determinará en la convocatoria correspondiente. La justificación se realizará en los tres meses siguientes a la terminación del plazo de realización de la actividad.
Cuerpo/Escala
No aplica. Se trata de un procedimiento de concesión de subvenciones, no de una oferta de empleo público.
Bases
- Financiación: La ayuda máxima por proyecto es de 25.000 euros y financiará como máximo el 70% del coste total. El 30% restante debe financiarse con fondos propios y/o aportaciones de otras instituciones.
- Criterios de valoración: Se evaluarán proyectos sobre una puntuación máxima de 35 puntos, considerando adecuación a los objetivos, difusión de la cultura conquense, fomento del turismo, participación de otras entidades, impacto, número de personas implicadas y déficit de actividades análogas en la ciudad.
- Órgano concedente: Comisión Ejecutiva del Consorcio de la Ciudad de Cuenca.
- Órgano instructor: Gerencia del Consorcio.
- Comisión de Valoración: Evaluará los proyectos y elaborará una propuesta de concesión.
- Presentación de solicitudes: A través del Registro electrónico del Consorcio o en los lugares establecidos en la Ley 39/2015.
- Justificación y pago: El pago se realizará una vez justificados y pagados los gastos por los beneficiarios. La justificación se ajustará al anexo II de las bases.
- Obligaciones de los beneficiarios: Realizar la actividad, justificarla, someterse a actuaciones de comprobación, comunicar otras ayudas e incorporar el logotipo del Consorcio en los materiales de difusión.
- Reintegro: Se regirá por la Ley General de Subvenciones y su Reglamento.
Fuente:BOE →