26 ene 2026
Administración General
Convenio entre la Agencia Estatal de Administración Digital y el Tribunal de Cuentas para la prestación del servicio de nómina NEDAES y Servinómina
Descripción
Se publica el convenio de colaboración entre la Agencia Estatal de Administración Digital (AEAD) y el Tribunal de Cuentas para la prestación del servicio distribuido de nómina estándar de la Administración General del Estado (NEDAES) y el servicio de visualización de nóminas Servinómina.
Objeto del convenio
- Puesta a disposición por parte de la AEAD del servicio distribuido de Nómina Estándar de la Administración General del Estado (NEDAES) para su instalación y explotación en infraestructura del Tribunal de Cuentas.
- Puesta a disposición del servicio distribuido de visualización de nóminas Servinómina.
- El Tribunal de Cuentas adquiere la condición de Centro Usuario de NEDAES.
Obligaciones de las partes
- AEAD: Garantizar el mantenimiento correctivo, adaptativo y evolutivo de NEDAES, prestar soporte técnico, formación y notificar características técnicas.
- Tribunal de Cuentas (Centro Usuario): Proveer medios materiales y humanos, mantener infraestructuras, administrar el entorno de explotación, asumir costes de mantenimiento del entorno y cumplir con la protección de datos como responsable del tratamiento.
Régimen económico
- El Tribunal de Cuentas contribuirá al mantenimiento anual con una contraprestación económica calculada según el uso del servicio (detallado en anexos).
- Se establece un procedimiento de pago que incluye un anticipo del 10% y pagos anuales en el primer trimestre del ejercicio siguiente.
- En caso de no realizarse la contribución, la AEAD podrá suspender el servicio.
Vigencia
- El convenio tendrá una duración de tres años a partir del 1 de enero de 2026 (o fecha de firma si posterior), con posibilidad de prórroga.
- Se perfecciona con el consentimiento de las partes y es eficaz tras su inscripción en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación (REOICO).
Mecanismo de seguimiento
- Establece un mecanismo compuesto por un representante de cada parte para el seguimiento, vigilancia y control del convenio.
- Se encargará de resolver cuestiones de interpretación, estudiar peticiones, aprobar actuaciones y gestionar incumplimientos.
Resolución de conflictos
- Las discrepancias se resolverán en el seno del Mecanismo de Seguimiento.
- Las cuestiones litigiosas se someterán al orden jurisdiccional contencioso-administrativo.
Protección de datos y seguridad
- Se aplica el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) y la Ley Orgánica 3/2018.
- La AEAD actúa como Encargado del Tratamiento y el Tribunal de Cuentas como Responsable del Tratamiento.
- Se aplica el Esquema Nacional de Seguridad (Real Decreto 311/2022).
Bases legales
- Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
- Real Decreto 1118/2024, de 5 de noviembre, por el que se aprueba el Estatuto de la AEAD.
- Real Decreto 1125/2024, de 5 de noviembre, sobre organización e instrumentos operativos para la Administración Digital.
- Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria.
Fuente:BOE →