Convenio para incorporar la Policía Local de San Juan de la Rambla al Sistema VioGén de seguimiento de violencia de género
Descripción
Publicación del Convenio suscrito entre la Secretaría de Estado de Seguridad y el Ayuntamiento de La Villa de San Juan de la Rambla para la incorporación del Cuerpo de Policía Local al Sistema de Seguimiento Integral de los casos de Violencia de Género (Sistema VioGén).
Objeto
Establecer la forma de colaboración para adecuar los mecanismos técnicos informáticos necesarios para que los miembros del Cuerpo de Policía Local se incorporen al Sistema VioGén del Ministerio del Interior, permitiendo el acceso, introducción y actualización de datos para la protección de víctimas.
Compromisos de las partes
- Secretaría de Estado de Seguridad:
- Facilitar formación en el uso del sistema VioGén.
- Establecer controles de seguridad y procedimientos de auditoría.
- Gestionar altas y bajas de usuarios del sistema.
- Ayuntamiento (Policía Local):
- Aplicar los protocolos y procedimientos en materia de violencia de género.
- Formar y especializar a sus miembros.
- Solicitar la habilitación de usuarios y mantener actualizada la relación de los mismos.
- Velar por el correcto uso del sistema y la información.
Vigencia
El convenio tendrá una vigencia de cuatro años desde su inscripción en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación. Podrá prorrogarse por acuerdo unánime por hasta cuatro años adicionales.
Financiación
El convenio no conlleva coste para ninguna de las partes ni transferencia de recursos entre ellas.
Comisión de Seguimiento
Se establece una Comisión de Seguimiento integrada por dos representantes de cada parte, presidida por la Secretaría de Estado de Seguridad, para resolver problemas de interpretación y cumplimiento.
Confidencialidad y Protección de Datos
- Las partes se comprometen a mantener la confidencialidad de la información intercambiada.
- Se obligan al cumplimiento de la normativa de protección de datos, en particular la Ley Orgánica 7/2021, para el tratamiento de datos con fines de prevención e investigación de infracciones penales.
Extinción
El convenio se extinguirá por las causas previstas en el artículo 51 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre. El incumplimiento de obligaciones no generará indemnización, pero podrá dar lugar a su resolución.
Publicación
El convenio se publica en el BOE en cumplimiento de lo dispuesto en la Ley 40/2015, tras su inscripción en el registro correspondiente.