Fecha límite de inscripción: 26/02/2026
11 feb 2026
Justicia
Convocatoria de concurso ordinario nº 323 para proveer Registros de la Propiedad, Mercantiles y de Bienes Muebles en Cataluña
Resumen
Se convoca concurso ordinario para la provisión de plazas vacantes de registrador de la propiedad, mercantiles y de bienes muebles radicadas en el territorio de Cataluña. El proceso se realiza de forma coordinada entre la Generalitat de Cataluña y el Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes.
Plazas
Se ofrecen 4 plazas de registrador en Cataluña:
- Sabadell núm. 5 (Barcelona)
- Badalona núm. 2 (Barcelona)
- Ripoll (Girona)
- Tarragona núm. 3 (Tarragona)
Requisitos
- Ser miembro del cuerpo de registradores de la propiedad, mercantiles y de bienes muebles.
- Cumplir con los requisitos establecidos en el artículo 497 del Reglamento Hipotecario.
- Acreditar conocimientos de lengua catalana (nivel B2 o C1) o comprometerse a disponer de personal con certificado C1.
Fechas
- Fecha de publicación en el BOE: 11 de febrero de 2026.
- Plazo de presentación de solicitudes: 15 días naturales a partir del día siguiente a la publicación en el BOE y en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya.
- Fecha límite de inscripción calculada: 2026-02-26 (15 días naturales desde el 11/02/2026, contando desde el 12/02/2026).
Procedimiento
- La solicitud es única y debe presentarse por medios electrónicos.
- Debe ajustarse a los modelos publicados en los anexos 2 y 3 de la resolución.
- Se debe indicar el orden de preferencia si se solicitan varias plazas.
- Las solicitudes se analizan conjuntamente por la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública (Ministerio) y la Dirección General de Derecho, Entidades Jurídicas y Gestión Adecuada de Conflictos (Generalitat).
Bases
El concurso se rige por:
- Artículo 284 del texto refundido de la Ley Hipotecaria y artículos 496 y siguientes del Reglamento para su ejecución.
- Estatuto de autonomía de Cataluña (artículo 147.1.a).
- Ley 1/1998, de 7 de enero, de política lingüística.
- Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común.
- Decreto 241/2025, de 4 de noviembre, de reestructuración del Departamento de Justicia y Calidad Democrática.
Acreditación lingüística
Los participantes deben acreditar conocimientos de catalán mediante:
- Certificado B2 o C1 del Departamento de Política Lingüística o títulos equivalentes.
- O declaración jurada de contratar personal con certificado C1.
Resolución
La resolución de adjudicación de las plazas en Cataluña corresponde a la Dirección General de Derecho, Entidades Jurídicas y Gestión Adecuada de Conflictos y se publicará en el DOGC y en el BOE.
Fuente:BOE →