Fecha límite de inscripción: 28/02/2026
29 ene 2026
Otros
Convocatoria de pruebas de conocimiento general para el reconocimiento de capacitación profesional de practicaje portuario
Requisitos
Los aspirantes deben reunir los siguientes requisitos de titulación y mando:
- Poseer la titulación de Capitán de la Marina Mercante.
- Acreditar haber tenido el mando de buque de arqueo superior a 1.000 GT, al menos durante dos años (730 días) dentro de los últimos diez años de actividad profesional anteriores a la convocatoria.
Plazas
No se especifica un número concreto de plazas. La convocatoria está abierta a todos los aspirantes que cumplan los requisitos.
Fechas
- Plazo de presentación de solicitudes: Un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación de la resolución en el BOE (29 de enero de 2026).
- Publicación lista provisional de admitidos/excluidos: Al día siguiente o primer día hábil tras finalizar el plazo de presentación.
- Período de subsanación: Diez días naturales tras la publicación de la lista provisional.
- Celebración de las pruebas: En el mes de marzo de 2026. La fecha concreta se indicará en la publicación de la lista definitiva de admitidos.
- Publicación de resultados: En un plazo no mayor de siete días desde la celebración de cada ejercicio.
Cuerpo/Escala
No corresponde a un cuerpo o escala de la Administración General del Estado. Se trata de un proceso para el reconocimiento de la capacitación profesional para prestar servicios portuarios de practicaje, regulado por la Orden FOM/2417/2007.
Bases
- Organismo convocante: Dirección General de la Marina Mercante (Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible).
- Pruebas: Se dividen en dos partes. Esta convocatoria corresponde a la primera parte o prueba de conocimiento general, que versa sobre idioma inglés y legislación nacional e internacional. La segunda parte (pruebas específicas por puerto) se realizará posteriormente en el puerto correspondiente.
- Lugar de realización de la primera parte: Madrid.
- Documentación a presentar:
- Instancia dirigida a la Directora General de la Marina Mercante.
- Certificación de la Capitanía Marítima u organismo público que acredite el tiempo de mando, con la documentación justificativa.
- Fotocopia de la tarjeta profesional de Capitán de la Marina Mercante.
- Copia del resguardo de autoliquidación de la tasa de 46,68 euros (modelo 790, código 001).
- Validez de la primera parte: Cuatro años a partir del día siguiente a la publicación de las calificaciones del segundo ejercicio.
- Órgano de evaluación: Tribunal designado (se detallan miembros titulares y suplentes en el anexo).
Fuente:BOE →