24 ene 2026
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Decreto-ley de Aragón sobre cuantía de la Prestación Aragonesa Complementaria del Ingreso Mínimo Vital y complementos de pensiones no contributivas
Descripción
Decreto-ley del Gobierno de Aragón que establece la cuantía de la Prestación Aragonesa Complementaria del Ingreso Mínimo Vital (PACIMV) y de los complementos de las Pensiones no contributivas de jubilación e incapacidad para el año 2026.
Contexto
La norma se justifica por la situación de prórroga presupuestaria en 2026 y la necesidad de actualizar las cuantías de las prestaciones sociales para reflejar la variación del IPC y el incremento de las pensiones no contributivas de la Seguridad Social, incluido el Ingreso Mínimo Vital (IMV).
Cuantías
- PACIMV: La cuantía garantizada mensual para una persona beneficiaria individual se calculará aplicando a la cuantía vigente a 1 de enero la variación interanual del IPC y el incremento anual de la cuantía del IMV. En ningún caso será inferior a la cuantía del ejercicio anterior.
- Para unidades de convivencia con más de un beneficiario, se aplicará la escala fijada en la Ley 19/2021 del ingreso mínimo vital.
- Complementos de pensiones no contributivas: La cuantía garantizada mensual para los complementos de pensiones no contributivas de jubilación, incapacidad, ancianidad y enfermedad se fija en la misma cuantía que la PACIMV.
Desarrollo normativo
- La cuantía concreta para cada ejercicio se determinará mediante Orden de la Consejera de Bienestar Social y Familia.
- El decreto-ley entró en vigor el día de su publicación en el Boletín Oficial de Aragón (12 de diciembre de 2025).
Bases legales
- Estatuto de Autonomía de Aragón (artículos 23.1 y 71.34).
- Ley 3/2021, de 20 de mayo, por la que se regula la PACIMV.
- Ley 10/2016, de 1 de diciembre, de medidas de emergencia en relación con las prestaciones económicas del Sistema Público de Servicios Sociales.
- Ley 19/2021, de 20 de diciembre, por la que se establece el ingreso mínimo vital.
Fuente:BOE →