Nombramiento de funcionarios de carrera en el Cuerpo de Abogados del Estado (turno libre)
Descripción
Resolución de la Secretaría de Estado de Función Pública por la que se nombra personal funcionario de carrera, por el sistema general de acceso libre, en el Cuerpo de Abogados del Estado. Este nombramiento es consecuencia del proceso selectivo convocado en noviembre de 2024 y cuya lista de aprobados se publicó en diciembre de 2025.
Cuerpo/Escala
- Cuerpo de Abogados del Estado (turno libre).
- Nivel de complemento de destino: 28.
- Complemento específico anual: 26.388,88 euros.
Plazas
Se nombran 25 funcionarios de carrera, cuyos destinos se adjudican según la puntuación final obtenida en el proceso selectivo. Los destinos incluyen:
- Dirección General de lo Contencioso (Madrid) en diversos departamentos (Administrativo General, Penal, Civil/Mercantil/Concursal, Empleo Público).
- Abogacías del Estado en la Administración Periférica en provincias como León, Granada, Alicante, Salamanca, Ciudad Real, Barcelona, Cádiz, Albacete, A Coruña, Mallorca, Murcia, Almería, entre otras.
- Dirección General de lo Consultivo (Madrid).
Requisitos
Los aspirantes nombrados han superado el proceso selectivo de ingreso por el sistema general de acceso libre, convocado por Resolución de 7 de noviembre de 2024.
Toma de posesión
- Los nombrados deberán prestar acto de acatamiento de la Constitución para adquirir la condición de funcionario de carrera.
- La toma de posesión del destino debe efectuarse en el plazo de quince días naturales a partir del día siguiente a la publicación de esta resolución en el BOE (28 de enero de 2026).
- El plazo será de un mes cuando suponga cambio de localidad de residencia.
Bases
El nombramiento se realiza conforme a:
- Artículos 25 y 26 del Reglamento General de Ingreso del Personal (Real Decreto 364/1995).
- Artículo 6.3 del Real Decreto 2169/1984, de atribución de competencias en materia de personal.
- Artículo 62.1.c) del Estatuto Básico del Empleado Público (Real Decreto Legislativo 5/2015).
- Real Decreto 707/1979, sobre acatamiento de la Constitución.
- Artículo 114.12 del Real Decreto-ley 6/2023, sobre plazos de toma de posesión.
Recursos
La resolución pone fin a la vía administrativa y puede ser recurrida en reposición ante la Secretaría de Estado de Función Pública en el plazo de un mes, o impugnada directamente ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional en el plazo de dos meses, a partir del día siguiente a su publicación.