Nombramiento de funcionarios de carrera en el Cuerpo de Ingenieros Técnicos del SOIVRE
Descripción
Resolución por la que se nombra personal funcionario de carrera, por el sistema general de acceso libre, en el Cuerpo de Ingenieros Técnicos del SOIVRE (Servicio Oficial de Inspección, Vigilancia y Regulación de las Exportaciones). El nombramiento se efectúa a las personas aspirantes que superaron el proceso selectivo convocado previamente.
Cuerpo/Escala
- Cuerpo de Ingenieros Técnicos del SOIVRE.
- Turno Libre.
Destinos Adjudicados
Se adjudican destinos a los ocho aspirantes aprobados, ordenados por puntuación final. Los destinos incluyen:
- Direcciones Territoriales y Provinciales de Comercio en diversas provincias (Las Palmas, Barcelona, Cádiz, Girona, Gipuzkoa).
- Direcciones Generales en Madrid (Política Comercial y Seguridad Económica, Inteligencia Económica y Comercial).
- Los puestos de trabajo son Jefe/Jefa de Sección o Técnico/Técnica Jefe de Sección.
Requisitos Cumplidos
Los nombrados ya han superado:
- El proceso selectivo convocado por Resolución de 22 de diciembre de 2024.
- La fase de oposición, cuya relación de aprobados se publicó el 10 de noviembre de 2025.
- El periodo de prácticas como funcionarios en prácticas, nombrados el 12 de noviembre de 2025.
Toma de Posesión
- Para adquirir la condición de funcionario de carrera, deben prestar acto de acatamiento de la Constitución.
- La toma de posesión del destino debe efectuarse en un plazo de quince días naturales a partir del día siguiente a la publicación de esta resolución en el BOE (publicada el 4 de febrero de 2026).
- El plazo se amplía a un mes cuando suponga cambio de localidad de residencia.
Bases y Referencias
El nombramiento se realiza conforme a:
- Artículos 25 y 26 del Reglamento General de Ingreso del Personal (Real Decreto 364/1995).
- Artículo 6.3 del Real Decreto 2169/1984, de atribución de competencias en materia de personal.
- Artículo 62.1.c) del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.
- Real Decreto 707/1979, para el acto de acatamiento de la Constitución.
Recursos
La resolución pone fin a la vía administrativa y puede ser recurrida en reposición ante la Secretaría de Estado de Función Pública en el plazo de un mes, o impugnada directamente ante la Audiencia Nacional en el plazo de dos meses, a partir del día siguiente a su publicación.