9 feb 2026
Administración General
Nombramiento de funcionarios de carrera en el Cuerpo de Inspectores del SOIVRE
Resumen
Resolución de la Secretaría de Estado de Función Pública por la que se nombra personal funcionario de carrera en el Cuerpo de Inspectores del SOIVRE, tras la finalización del proceso selectivo convocado en diciembre de 2024.
Cuerpo/Escala
- Cuerpo de Inspectores del SOIVRE.
Nombramientos
Se nombra funcionario de carrera a los aspirantes aprobados en el proceso selectivo, tanto por el sistema de acceso libre como por promoción interna. Los nombramientos se realizan con la adjudicación de destinos específicos.
Turnos y Destinos
- Turno de promoción interna: 3 plazas adjudicadas.
- Turno libre: 5 plazas adjudicadas.
- Los destinos incluyen puestos de Jefe/a de Servicio de Inspección en diversas Direcciones Territoriales y Provinciales de Comercio, así como en la Dirección General de Política Comercial y Seguridad Económica en Madrid.
- Las localidades de destino son: Vigo, Castellón de la Plana, Irún, Madrid, Barcelona y Las Palmas de Gran Canaria.
Toma de Posesión
- Los nombrados deberán prestar acto de acatamiento de la Constitución.
- La toma de posesión del destino debe efectuarse en un plazo de quince días naturales a partir del día siguiente a la publicación de esta resolución en el BOE (publicada el 9 de febrero de 2026).
- El plazo se amplía a un mes cuando el nombramiento suponga cambio de localidad de residencia.
Bases y Referencias
- El proceso selectivo fue convocado por Resolución de 22 de diciembre de 2024 (BOE-A-2024-27437).
- Se rige por lo dispuesto en el Reglamento General de Ingreso del Personal (Real Decreto 364/1995) y el Real Decreto 2169/1984 de atribución de competencias.
- La adquisición de la condición de funcionario de carrera se ajusta al Estatuto Básico del Empleado Público (Real Decreto Legislativo 5/2015).
Recursos
- La resolución pone fin a la vía administrativa.
- Puede ser recurrida en reposición ante la Secretaría de Estado de Función Pública en el plazo de un mes desde el día siguiente a su publicación.
- Alternativamente, puede impugnarse directamente ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional en el plazo de dos meses.
Fuente:BOE →