Orden de diseño y estructura de la Oficina Judicial para el Tribunal de Instancia de Donostia/San Sebastián y la Audiencia Provincial de Gipuzkoa
Descripción
Orden del Departamento de Justicia y Derechos Humanos del Gobierno Vasco que aprueba el diseño, dimensión y organización de la Oficina Judicial que asistirá al Tribunal de Instancia del partido judicial de Donostia/San Sebastián y a la Audiencia Provincial de Gipuzkoa. Esta orden se dicta en desarrollo de la Ley Orgánica 1/2025, de medidas para la eficiencia del Servicio Público de Justicia, y conforme a los modelos de referencia aprobados por la Conferencia Sectorial de la Administración de Justicia.
Estructura de la Oficina Judicial
La Oficina Judicial se organiza en los siguientes servicios comunes:
- Servicio Común de Tramitación de la Audiencia Provincial.
- Servicio Común de Tramitación del Tribunal de Instancia, dividido en áreas especializadas:
- Área Civil
- Área de Familia, Infancia y Capacidad
- Área de lo Mercantil
- Área de Instrucción
- Área de Violencia sobre la mujer
- Área de lo Penal (con equipo de ejecución penal)
- Área de Menores
- Área de lo Contencioso-Administrativo
- Área de lo Social
- Servicio Común General, dividido en:
- Área de Actos de Comunicación y Ejecución
- Área de Registro y Reparto
- Área de Servicios Generales
Cuerpos de funcionarios
Los servicios estarán integrados por personal funcionario de los siguientes cuerpos al servicio de la Administración de Justicia:
- Cuerpo de Letrados de la Administración de Justicia
- Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa
- Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa
- Cuerpo de Auxilio Judicial (en el Servicio Común General)
Funciones y servicios
La orden detalla las funciones y servicios que prestará cada unidad, incluyendo la ordenación, gestión y tramitación de procedimientos en fase declarativa y ejecutiva, la práctica de actos de comunicación, el registro y reparto, la atención a la ciudadanía y profesionales, y servicios transversales de apoyo.
Marco legal
La orden se fundamenta en las competencias atribuidas a la Comunidad Autónoma del País Vasco por la Ley Orgánica 6/1985, del Poder Judicial, y en el Decreto 326/2024, que establece la estructura del Departamento de Justicia y Derechos Humanos.