Resolución de adjudicación de destinos para funcionarios del Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa (turno libre) en Cataluña
Resumen
Se adjudican destinos definitivos al personal funcionario de nuevo ingreso en el Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia (turno libre) que superó el proceso selectivo convocado por la Orden JUS/1288/2022, de 22 de diciembre, para su destino en el ámbito territorial de Cataluña.
Cuerpo/Escala
- Cuerpo: Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia.
- Turno: Libre.
- Ámbito de destino: Oficinas judiciales de la Comunidad Autónoma de Cataluña.
Plazas
Se adjudican destinos a los funcionarios que figuran en el anexo de la resolución. El listado del anexo contiene 57 funcionarios con sus respectivos destinos adjudicados.
Fechas clave
- Publicación de la resolución: 19 de febrero de 2026 (BOE núm. 44).
- Toma de posesión: Los funcionarios deben tomar posesión de su cargo dentro del plazo de veinte días hábiles contados desde el día siguiente al de la publicación de esta resolución en el DOGC o en el BOE.
Requisitos
Los destinatarios son los funcionarios de carrera de nuevo ingreso en el cuerpo que han superado el proceso selectivo mencionado. Para aquellos que ya pertenecen a otros cuerpos de la Administración de Justicia (Gestión Procesal y Administrativa o Auxilio Judicial) y opten por continuar en ellos, se establece un procedimiento específico de comunicación para declarar la excedencia voluntaria.
Bases
La adjudicación se realiza conforme a:
- Real Decreto 1451/2005, de 7 de diciembre (Reglamento de ingreso, provisión de puestos y promoción).
- Orden de 9 de febrero de 2026, por la que se nombran funcionarios de carrera a los aprobados.
- Legislación sobre incompatibilidades (Ley 53/1984) y la Ley Orgánica 6/1985, del Poder Judicial.
Otros aspectos relevantes
- Los funcionarios destinados no podrán participar en concursos de traslado hasta que transcurran dos años desde la fecha de esta resolución.
- Las plazas no adjudicadas mantendrán la condición de plazas desiertas.
- Se regulan permisos retribuidos para la toma de posesión y el cese del personal interino que ocupe las plazas adjudicadas.
- Contra esta resolución, que agota la vía administrativa, cabe interponer recurso de reposición (en el plazo de un mes) o contencioso-administrativo (en el plazo de dos meses).