12 feb 2026
Sanidad
Resolución de convocatoria de libre designación para dos puestos en el Ministerio de Sanidad
Descripción
Resolución administrativa que resuelve la convocatoria pública para cubrir, por el sistema de libre designación, dos puestos de trabajo en el Ministerio de Sanidad. La convocatoria original fue anunciada mediante Resolución de 10 de diciembre de 2025.
Puestos adjudicados
Se adjudican los siguientes puestos:
- Subdirector/a Adjunto/a del Área de Formación Especializada (Nivel 29) en la Subsecretaría de Estado de Sanidad, Dirección General de Ordenación Profesional, Subdirección General de Formación y Ordenación Profesional (Madrid). Adjudicataria: Laura Ruiz López.
- Vocal Asesor/a (Nivel 30) en la Subsecretaría de Estado de Sanidad, Dirección General de Ordenación Profesional, Unidad de Apoyo (Madrid). Adjudicataria: Rosalía Asunción Fernández Vázquez.
Bases y procedimiento
El proceso se ha realizado de conformidad con lo dispuesto en:
- El artículo 20.1.b) y c) de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de medidas para la reforma de la Función Pública.
- El artículo 54 del Reglamento General de ingreso del personal al servicio de la Administración General del Estado y de provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los funcionarios civiles de la Administración General del Estado, aprobado por Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo.
- Se ha acreditado la observancia de lo previsto, el cumplimiento de los requisitos por parte de los candidatos y su idoneidad para el desempeño, según la valoración del Centro Directivo correspondiente.
Régimen de toma de posesión
Se establece conforme a lo dispuesto en los artículos 48 y 57 del citado Reglamento General.
Recursos
La resolución pone fin a la vía administrativa. Contra ella se podrá interponer:
- Recurso de reposición potestativo en el plazo de un mes ante el órgano que la dicta.
- O, directamente, recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid o del correspondiente al domicilio del demandante.
Fuente:BOE →