Resolución de nombramiento de personal funcionario de carrera en el Cuerpo General Auxiliar de la Administración del Estado
Resumen
Resolución de la Secretaría de Estado de Función Pública por la que se nombra personal funcionario de carrera en el Cuerpo General Auxiliar de la Administración del Estado, por el sistema general de acceso libre. El proceso selectivo se convocó mediante Resolución de 9 de julio de 2024, corregida el 22 de julio de 2024, para cubrir plazas de las Ofertas de Empleo Público de los años 2021, 2022, 2023 y 2024.
Cuerpo/Escala
- Cuerpo General Auxiliar de la Administración del Estado.
- Turno de acceso: Libre.
Requisitos
Los requisitos para el acceso fueron los establecidos en la convocatoria original (Resolución de 9 de julio de 2024, BOE del 10 de julio).
Plazas
La resolución nombra a los aspirantes que superaron el proceso selectivo y a los que se les adjudica destino. El anexo incluye una lista detallada de los nombrados con su destino, ministerio, centro, provincia, localidad y puesto de trabajo. No se especifica un número total de plazas en esta resolución, ya que es el acto de nombramiento derivado de una convocatoria anterior.
Fechas
- Fecha de la resolución: 5 de febrero de 2026.
- Publicación en el BOE: 10 de febrero de 2026.
- Toma de posesión: Las personas nombradas deben tomar posesión de sus destinos en un plazo de quince días naturales a partir del día siguiente a la publicación de esta resolución en el BOE (es decir, a partir del 11 de febrero de 2026). El plazo será de un mes cuando la toma de posesión suponga cambio de localidad de residencia.
Bases
La resolución se fundamenta en:
- Artículos 25 y 26 del Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado (Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo).
- Artículo 6.3 del Real Decreto 2169/1984, de 28 de noviembre, de atribución de competencias en materia de personal.
- Artículo 62.1.c) del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público (Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre).
- Real Decreto 707/1979, de 5 de abril, para el acto de acatamiento de la Constitución.
- Para las personas con discapacidad que solicitaron alteración del orden de prelación, se aplica el artículo 9 del Real Decreto 2271/2004, de 3 de diciembre.
Disposiciones adicionales
- Se dejan sin efecto las actuaciones de dos aspirantes que presentaron renuncia.
- Se resuelven las solicitudes de alteración del orden de prelación por discapacidad, adjudicando destino según lo establecido en la normativa.
- La toma de posesión se formalizará en el órgano competente de la Subsecretaría del Ministerio (para destinos en servicios centrales) o en las delegaciones/subdelegaciones del Gobierno (para servicios periféricos).
- Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso de reposición en el plazo de un mes o recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, a partir del día siguiente a su publicación.