26 ene 2026
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Convenio entre MUFACE y el Consejo General de Colegios de Médicos para validación de datos de profesionales
Descripción
Se publica el convenio de colaboración entre la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado (MUFACE) y el Consejo General de Colegios Oficiales de Médicos (CGCOM). El objeto es establecer las condiciones para que MUFACE pueda validar y consultar electrónicamente los datos de los profesionales médicos colegiados, necesarios para sus sistemas de receta electrónica (SIREM/MEDISAN) y de partes de baja electrónicos (eParteIT).
Objeto del Convenio
- Proporcionar a MUFACE servicios electrónicos para la validación y consulta de datos de médicos colegiados.
- Los datos a validar incluyen: nombre y apellidos, número de colegiación, especialidades y condición de habilitación.
Compromisos de las Partes
- CGCOM: Pondrá a disposición un servicio web de validación contra su registro oficial.
- MUFACE: Utilizará dicho servicio para:
- Acreditar a los facultativos que prescriben en su sistema de receta electrónica.
- Expedir y gestionar los partes de baja, confirmación y alta electrónicos (eParteIT).
- Comprobar la habilitación de profesionales de las entidades de seguro concertadas.
- Validar y depurar los datos de sus sistemas MEDISAN y eParteIT.
Vigencia y Eficacia
- El convenio se perfecciona con la firma de las partes.
- Adquirirá eficacia tras su inscripción en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación (en un plazo de cinco días hábiles desde su formalización).
- Será publicado en el BOE en un plazo de diez días hábiles desde su formalización.
- Su vigencia se extiende hasta el 31 de diciembre de 2029, con posibilidad de prórroga por cuatro años más mediante acuerdo unánime.
Tratamiento de Datos
- Se aplica la normativa de protección de datos (RGPD y LOPDGDD).
- Cada parte es responsable del tratamiento de los datos dentro de su ámbito.
- Los datos se utilizarán exclusivamente para los fines del convenio.
- Se establecen cláusulas de confidencialidad y se detallan los derechos de los interesados.
Naturaleza Jurídica y Seguimiento
- El convenio tiene naturaleza administrativa.
- Se crea una Comisión de Seguimiento paritaria (dos representantes de cada parte) para resolver dudas, dinamizar acciones y coordinar la ejecución.
- Las discrepancias no resueltas por la comisión se someterán a la jurisdicción contencioso-administrativa.
Bases
El convenio se rige por la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. No conlleva contraprestación económica entre las partes.
Fuente:BOE →