Convenio para incorporar la Policía Local de Chipiona al Sistema VioGén de seguimiento de violencia de género
Descripción
Publicación del Convenio entre la Secretaría de Estado de Seguridad y el Ayuntamiento de Chipiona para la incorporación del Cuerpo de Policía Local al Sistema de Seguimiento Integral de los casos de Violencia de Género (Sistema VioGén).
Objeto
El convenio tiene por objeto establecer la forma de colaboración para adecuar los mecanismos técnicos informáticos necesarios para que los miembros del Cuerpo de Policía Local de Chipiona se incorporen al Sistema VioGén del Ministerio del Interior.
Compromisos de las partes
- Secretaría de Estado de Seguridad: Promoverá y facilitará la formación en el uso del sistema, establecerá controles de seguridad y procedimientos de auditoría, y podrá dar de baja a usuarios inactivos.
- Ayuntamiento de Chipiona (a través de la Policía Local): Aplicará los protocolos y procedimientos en casos de violencia de género, formará y especializará a sus miembros, solicitará la habilitación de usuarios en el sistema, y velará por el correcto uso de la información.
Vigencia
El convenio tendrá una vigencia de cuatro años desde su entrada en vigor. Los firmantes podrán acordar su prórroga por un periodo de hasta cuatro años adicionales o su extinción antes de la finalización del plazo.
Entrada en vigor
El convenio resultará eficaz una vez sea inscrito en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal (en el plazo de cinco días desde su formalización). Será obligatoria su publicación en el BOE en el plazo de diez días hábiles desde su formalización.
Comisión de Seguimiento
Se establece una Comisión de Seguimiento compuesta por dos representantes de cada parte, presidida por la Secretaría de Estado de Seguridad, para resolver problemas de interpretación y cumplimiento.
Otras cláusulas
- Confidencialidad: Las partes se comprometen a mantener en secreto los datos e informaciones facilitados.
- Protección de datos: Las partes se obligan al cumplimiento de la normativa de protección de datos aplicable.
- Financiación: El convenio no conlleva coste para ninguna de las partes ni transferencia de recursos.
- Extinción: Se regirá por las causas establecidas en el artículo 51 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre.