9 feb 2026
Fuerzas y Cuerpos de Seguridad
Convenio para la incorporación de la Policía Local de Pedrola al Sistema VioGén de seguimiento de violencia de género
Descripción
Se publica el convenio de colaboración entre la Secretaría de Estado de Seguridad y el Ayuntamiento de Pedrola para integrar a su Cuerpo de Policía Local en el Sistema de Seguimiento Integral de los casos de Violencia de Género (VioGén).
Objeto
El objeto del convenio es establecer la forma de colaboración para adecuar los mecanismos técnicos informáticos necesarios para que los miembros del Cuerpo de Policía Local de Pedrola se incorporen al sistema VioGén del Ministerio del Interior.
Compromisos de las partes
- Secretaría de Estado de Seguridad: Facilitará formación en el uso del sistema, establecerá controles de seguridad y procedimientos de auditoría, y podrá dar de baja a usuarios inactivos.
- Ayuntamiento de Pedrola (Policía Local): Aplicará los protocolos establecidos, formará a sus miembros, solicitará la habilitación de usuarios, gestionará incidencias y velará por el correcto uso del sistema y la confidencialidad de los datos.
Vigencia y régimen jurídico
- Vigencia: Cuatro años, con posibilidad de prórroga por hasta cuatro años más por acuerdo unánime.
- Entrada en vigor: Será efectivo una vez inscrito en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del Sector Público Estatal y publicado en el BOE.
- Régimen aplicable: Se somete al capítulo VI del título preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Otras disposiciones
- Comisión de Seguimiento: Se crea una comisión paritaria para resolver problemas de interpretación y cumplimiento.
- Financiación: El convenio no conlleva coste ni transferencia de recursos entre las partes.
- Protección de datos: Ambas partes se obligan al cumplimiento de la normativa de protección de datos aplicable, en particular la Ley Orgánica 7/2021.
- Extinción: Se aplican las causas previstas en el artículo 51 de la Ley 40/2015. El incumplimiento no generará indemnización, pero podrá dar lugar a la resolución del convenio.
Fuente:BOE →